• FAQs

    ¿Cómo se accede al Centro?

    La solicitud de acceso a la Residencia Solidaridad se realizará en el Cabildo Insular de La Palma, a través del Servicio de Acción Social, que instruirá, valorará y propondrá el ingreso de la persona solicitante.

  • ¿Cuáles son los principios en los que se basa el Centro?

    El Centro basa su funcionamiento y organización en una serie de valores que marcan sus principios de actuación y compromisos en la calidad de los servicios:

    • Principio de integración.

    • Principio de fomento de la normalización, entendida como el desarrollo de un estilo de vida similar a la del entorno de referencia.

    • Principio de respeto a la individualidad, intimidad, confidencialidad.

    • Principio de promoción de la participación.

    • Promoción de la autonomía personal.

    • Principio de igualdad de oportunidades.

    • Principio de responsabilidad pública.

    • Orientación hacia la calidad.

    • Cualificación profesional, con formación y reciclaje continuos.

    • Principio de ética profesional.

  • ¿Cuáles son los derechos de las personas residentes?
    • Derecho a la intimidad.

    • Utilizar todas las instalaciones y servicios del Centro.

    • Participar en los servicios del Centro dentro de las normas que se establezcan.

    • Participar como elector y elegible en los procesos de designación de los órganos de representación del Centro y participación de los residentes.

    • Elevar por escrito propuestas a la Dirección del Centro.

  • ¿Cuáles son los deberes de las personas residentes?
    • Conocer y cumplir el reglamento de régimen interno.

    • Respetar el buen uso de las instalaciones de la Residencia y colaborar en su mantenimiento.

    • Respetar los horarios.

    • Ajustarse a las prescripciones derivadas de los programas de asistencia que se les proporcionen.

    • Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro de la Residencia y en cualquier otro lugar relacionado con las actividades establecidas.

    • Respetar los derechos de las demás personas residentes.

    • Abonar puntualmente el importe de la cuota residencial y, en su caso, los precios de los servicios.

    • Declarar cualquier variación en sus ingresos que pueda repercutir en la determinación de la cuota residencial exigible.